Nacional

¿Te divorcias y tu pareja pagaba la casa? La SCJN explica cuándo puedes reclamar una compensación

26 octubre 2026 · Por admin

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio sobre el cálculo de la compensación económica en divorcios bajo el régimen de separación de bienes: los pagos de un crédito hipotecario realizados durante el matrimonio pueden tomarse en cuenta, incluso si la compra del inmueble ocurrió antes de la boda.

La medida busca reconocer la contribución económica indirecta de quien se dedicó principalmente a las labores del hogar y al cuidado de la familia, mientras su pareja realizaba un trabajo remunerado. Estas tareas pueden limitar las oportunidades laborales y la capacidad de generar ingresos propios, por lo que la compensación busca atender el desequilibrio económico que puede surgir al terminar la relación.

El criterio no significa que todas las personas divorciadas tengan derecho automático a recibir una parte de la vivienda. La procedencia y el monto de la compensación dependen de las condiciones del caso y de los requisitos legales aplicables.

 

¿Qué pasa si la casa se compró antes del matrimonio?

Si una persona adquirió una casa antes de casarse, pero continuó pagando el crédito hipotecario durante el matrimonio, las cantidades abonadas en ese periodo pueden considerarse para calcular la compensación económica, siempre que se cumplan los demás requisitos legales.

En cambio, los pagos realizados antes de la boda no corresponden al periodo matrimonial y no se incluyen en esa proporción por ese concepto.

Por ejemplo, si una persona compró un departamento antes de casarse y siguió pagando mensualidades mientras su pareja se ocupaba principalmente del hogar y de la crianza de los hijos, el juzgado puede analizar los pagos hechos durante el matrimonio para determinar si deben considerarse en la compensación.

Este cálculo no equivale a dividir automáticamente el valor total de la propiedad ni a entregar la mitad del inmueble a la otra persona.

¿La persona que reclama se convierte en dueña de la casa?

No necesariamente. La compensación económica es una prestación distinta de la propiedad del inmueble. Que se consideren los pagos hipotecarios realizados durante el matrimonio no modifica por sí solo la escritura ni convierte automáticamente al cónyuge solicitante en copropietario.

Tampoco significa que esa persona adquiera de manera automática la obligación de pagar el crédito ante el banco. La responsabilidad frente a la institución financiera depende del contrato hipotecario y de las condiciones legales correspondientes.

La compensación tampoco equivale necesariamente al 50% del valor de la vivienda. El monto debe determinarse conforme al marco jurídico aplicable y a las circunstancias que se acrediten durante el procedimiento.

 

¿Cómo demostrar que te dedicaste al hogar durante el matrimonio?

Para solicitar una compensación económica, es importante aportar pruebas que permitan conocer cómo se distribuyeron las responsabilidades familiares y cuál fue el impacto de esa organización en la situación económica de cada cónyuge.

Entre los documentos y elementos que pueden ayudar se encuentran:

  • Historial laboral: constancias del IMSS o ISSSTE, declaraciones fiscales y documentos que permitan acreditar interrupciones laborales o cambios en los ingresos.
  • Registros escolares y médicos: comprobantes de citas, inscripciones y otras actividades que ayuden a identificar quién asumía habitualmente el cuidado de los hijos.
  • Comprobantes de gastos del hogar: recibos de servicios, compras y otros documentos relacionados con el mantenimiento de la vivienda.
  • Testimonios: declaraciones de personas que conozcan la dinámica familiar y puedan aportar información sobre la distribución de las tareas domésticas y de cuidado.
  • Documentación del crédito hipotecario: contrato, estados de cuenta y comprobantes de las mensualidades pagadas durante el matrimonio.

La utilidad de cada prueba dependerá de las circunstancias del caso y de las reglas del procedimiento. La SCJN ha sostenido que la compensación económica busca atender el desequilibrio patrimonial que puede producirse cuando uno de los cónyuges se dedica principalmente al trabajo doméstico y de cuidados. 

Por ello, antes de iniciar un procedimiento, es recomendable consultar a una persona abogada especializada en derecho familiar para revisar el régimen matrimonial, la legislación aplicable y las pruebas disponibles.

Etiquetas: , , , , , , ,