En el Congreso no todo se decide a mano alzada ni de manera automática. A veces, antes de que una reforma avance, se detiene, se escucha a expertos y se replantea. Eso es justo lo que está pasando con la propuesta para crear la figura de “jueces sin rostro”, es decir, personas juzgadoras cuya identidad se mantendría en reserva en casos de delincuencia organizada.
El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Javier Corral Jurado, dejó claro que no basta con hacer un ajuste pequeño a la ley. La iniciativa enviada por el Ejecutivo busca reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal de Delincuencia Organizada para introducir la figura de “personas juzgadoras de identidad reservada”. Pero, según Corral y varios especialistas, el tema amerita una revisión mucho más profunda.
¿De qué estamos hablando en términos simples? De proteger a jueces que llevan casos contra el crimen organizado, evitando que su nombre se haga público para reducir riesgos a su integridad. Suena lógico en un país donde juzgar a grupos criminales puede implicar amenazas reales. El problema es que el sistema penal mexicano también está obligado a respetar estándares internacionales de derechos humanos, como los que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Ahí está el dilema: ¿cómo proteger a quienes imparten justicia sin afectar el derecho de las personas acusadas a un juicio transparente y con garantías? Corral planteó que no se puede legislar al vapor y que, si se avanza, tendría que hacerse con controles muy estrictos, reglas claras sobre cuándo aplica la medida y revisiones periódicas.
En la mesa participaron especialistas del Instituto Nacional de Ciencias Penales y abogados litigantes que advirtieron riesgos. Recordaron que en países como Perú y Colombia la figura de jueces sin rostro generó observaciones y amonestaciones internacionales. Algunos expertos incluso señalaron que la medida podría abrir la puerta a una expansión peligrosa: fiscales sin rostro, testigos anónimos generalizados o decisiones judiciales difíciles de impugnar.
También se puso sobre la mesa un punto técnico pero clave: definir con precisión en qué etapa del proceso penal existe mayor riesgo para el juzgador y si la activación de la identidad reservada debe depender del propio juez y no del Ministerio Público. Esto no es menor, porque en el sistema acusatorio mexicano las reglas del juego buscan equilibrio entre acusación y defensa.
En términos de política pública, lo que está en discusión es cómo mejorar la seguridad en el sistema de justicia sin debilitar el Estado de derecho. Endurecer reglas no siempre significa hacerlas más eficaces; a veces puede provocar nulidades o violaciones a derechos que terminen tirando casos completos.
Por eso, Javier Corral insistió en que la discusión debe ir más allá de una reforma “parcial” y convertirse en una revisión integral del proceso penal. La pregunta de fondo es si México puede encontrar un punto medio entre seguridad y legalidad. Ese equilibrio, en última instancia, es el que define la calidad de la justicia en cualquier democracia.
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